El pasado 17 de junio se ha publicado en el B.O.E. el Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
Se modifica el título IV. De la señalización, y se publican, el Catálogo de señales verticales de circulación, Tomo I Definición de las señales y Tomo II Dimensiones de las señales y el Catálogo de marcas viales.
Este Real Decreto entró en vigor el 1 de julio de 2025, aunque los nuevos Catálogos serán de aplicación únicamente a proyectos cuya orden de estudio inicial tenga fecha posterior a la entrada en vigor de este Real Decreto.
Además, se podrán mantener las señales instaladas contempladas en el anexo I del Reglamento General de Circulación antes de la fecha de entrada en vigor de este real decreto, no siendo necesaria su sustitución para su adaptación al nuevo Catálogo, excepto las señales suprimidas, que deberán ser retiradas en el plazo de un año desde la citada fecha. El nuevo Catálogo se aplicará cuando las señales sean renovadas debido a su estado de conservación.
DOCUMENTOS
- CATÁLOGO DE SEÑALES. Tomo I del RD 465/2025.
- Señalización vertical en formato dxf. Descarga de archivo ZIP en web de MITMS
EXTRACTOS
- Listado de nuevas señales incorporadas al catálogo de señales de circulación
- Listado de señales cuyo diseño ha cambiado. Comparativa entre la señal de RD 1428/2003 y el nuevo RD 465/2025
- Listado de señales suprimidas del catálogo que deben ser retiradas en el plazo de un año desde la entrada en vigor del RD 465/2025, es decir, antes del 1 de julio de 2026.

